Por efectos de las marejadas: se facilita la mantención en el Registro Pesquero
El proyecto avanza para que no se contabilice como periodo inactivo aquel en que los pescadores artesanales no puedan trabajar, debido a los daños causados por las marejadas, evitando que sean eliminados del Registro de Pesca Artesanal por esta razón.
6 de noviembre de 2021La Sala respaldó por unanimidad el proyecto de ley que modifica la ley 18.892, General de Pesca y Acuicultura, con el objeto de considerar a las marejadas como fuerza mayor, para evitar la caducidad de la inscripción de los pescadores artesanales en el Registro respectivo.
Ahora será el turno de la Cámara, instancia que deberá refrendar las modificaciones propuestas por el Senado.
Con todo, el presidente de la Comisión de Intereses Marítimos, Pesca y Acuicultura, senador Rabindranath Quinteros, precisó que se “establece que, las prohibiciones o medidas de administración de los recursos hidrobiológicos que la autoridad haya dispuesto para cada área de pesca, y que estén referidas a las algas, podrán contemplar excepciones respecto de las vedas o cuotas sobre las mismas, cuando se produzcan varazones de algas, como consecuencia de las marejadas o de cualquier otro fenómeno climático, que se produzca en el mar”.
Además, el texto dispone que se considerarán a las marejadas que hayan impedido la actividad extractiva, como situación de caso fortuito o fuerza mayor, que impide la caducidad de la inscripción en el Registro Artesanal del pescador artesanal o de su embarcación, por no haber realizado actividades pesqueras extractivas por tres años sucesivos; las cuales se acreditarán con un certificado de la Autoridad Marítima que dé cuenta del cierre de los puertos de la región por dicho motivo, por el plazo que dicha circunstancia se haya producido.