Sanciones a conductores que lesionen a ciclistas: proyecto fue respaldado en general
Luego del respaldo unánime, la Sala acordó plazo para indicaciones hasta el 6 de julio. Durante la Sesión se indicó que se gradúan, según gravedad, los tiempos de suspensión de licencias.
17 de junio de 2023Hasta el 6 de julio se recibirán indicaciones para el proyecto que modifica la ley N° 18.290 de Tránsito, para sancionar al conductor de vehículos motorizados que causen daños o lesiones a quien se traslade en bicicleta u otros ciclos.
El texto, que se encuentra en segundo trámite constitucional, fue respaldado por la unanimidad de la Sala y tiene por finalidad establecer sanciones y aumentar las penas a los conductores de vehículos motorizados que causaren daños o lesiones a terceros.
Cabe recordar que la propuesta tuvo su origen en una moción de diputados, entre los que se cuentan los actuales senadores Karim Bianchi e Iván Flores.
El senador Enrique Van Rysselberghe, presidente de la Comisión de Transportes y Telecomunicaciones, que analizó la materia, precisó que se gradúan los tiempos de suspensión de licencias, según gravedad, y se aumenta el valor de las multas, entre otras medidas.
Además, hizo notar los altos índices de siniestralidad, “siendo la velocidad la principal causa de muertes”, lamentó.
El proyecto establece que a los conductores responsables de lesiones se les sancionará, además de las penas ya establecidas (reclusión mínima a media, cuando el hecho importare crimen; reclusión menor en sus grados mínimos o multa de once a veinte unidades tributarias mensuales, cuando importare simple delito), con la suspensión de su licencia de conducir. El tiempo de la suspensión lo determinará el juez y dependerá del tipo de lesiones, pudiendo llegar incluso a los 60 meses.
En caso de reincidencia, además de las sanciones señaladas, el juez suspenderá la licencia de conducir por un período que no podrá ser inferior a 48 meses y en casos calificados se arriesga la inhabilidad perpetua para conducir vehículos a tracción mecánica o animal.
Adicionalmente, se establece que constituye presunción de responsabilidad del conductor cuando no se mantenga una distancia razonable y prudente con los vehículos motorizados y ciclos que le anteceden o circulan en la calzada.
Finalmente, la norma modifica la escala de multas de las infracciones de tránsito, las que pueden llegar a 6 UTM (unos 380 mil pesos) cuando sean calificadas como “gravísimas”.